
La cuantía del suplemento por maternidad se actualizará cada año y no computa como tope de la pensión
La cuantía mencionada se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones y no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión.
El acuerdo contempla que el beneficiario pueda ser el padre si acredita un perjuicio en su carrera profesional vinculado al nacimiento del hijo o hija. En el caso de no hacerlo, el complemento será para la mujer o para el progenitor con menor pensión si son del mismo sexo.
Según ha explicado el Ministerio, el complemento tendrá un mayor alcance que el anterior de maternidad, ya que se concederá a partir del primer hijo y no del segundo como sucedía antes. Escrivá ha explicado que esta ampliación «responde a los datos que tenemos en la Seguridad Social, que muestran cómo la brecha de género se abre con el nacimiento del primer hijo y se mantiene luego durante toda la vida laboral».